Administración Pública
Registro de Planes de Igualdad de Administraciones Públicas

25 de julio de 2023

El cumplimiento del principio de la igualdad de trato y oportunidades entre el personal de la administración es también una obligación de toda entidad pública que deberá elaborar y aprobar sus planes de igualdad.

El Estatuto Básico del Empleado Público establece esta obligación y en su Disposición Adicional Séptima señala que todas las administraciones públicas deben elaborar y aplicar un plan de igualdad, independientemente del número de personas trabajadoras con las que cuente.

Además, no se puede obviar el importante número de personas empleadas públicas para quienes la aprobación de estos planes supone el reconocimiento de sus derechos. Actualmente, España cuenta con 2.731.117 trabajadoras y trabajadores en el sector público. El 59,21% presta servicios en las administraciones de las Comunidades Autónomas, el 21,92% en las administraciones locales y el 18,87% en las administraciones dependientes del Estado, según el último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de julio de 2022.

Así pues, ya el 16 de marzo de 2023, el Ministerio de Hacienda estableció por medio de resolución que los planes de igualdad debían ser una herramienta para conseguir la igualdad en el seno de las administraciones públicas y creó el registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas, dependiente de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Novedades en los planes de igualdad de las Administraciones Públicas

Cabe destacar tres importantes novedades en relación con los planes de igualdad que afectan al personal de las Administraciones Públicas. En primer lugar, es muy importante tener en cuenta que al inicio de cada legislatura debe aprobarse un plan de igualdad. Al respecto, el EBEP ya regulaba la obligación de contar con planes de igualdad, pero con la nueva resolución se establece que se debe aprobar “al inicio de cada legislatura”.

Además, las administraciones no sólo tendrán que aprobar sus planes cada cuatro años, tras las citas electorales, sino que estos también estarán sujetos a evaluaciones anuales. Así pues, los planes de igualdad de la administración deben ser revisados anualmente durante su vigencia.

Finalmente, otra de las novedades más importantes es la creación de un registro específico para dichos planes. Para ello, la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, establece que, en un período de tres meses se creará un Registro de Planes de Igualdad específico para las administraciones públicas al que se deberán remitir, tanto los planes de igualdad como los protocolos de acoso sexual y acoso por razón de sexo.

El registro de los Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas

Con el fin de facilitar el registro de planes y protocolos de la administración, se ha creado el buzón institucional registro.planespublicosigualdad@correo.gob.es al que se deberán remitir los documentos en formato digital. Con ello, también se pretende llevar a cabo un ejercicio de transparencia, puesto que podrán ser consultados públicamente en el portal de la Secretaría de Estado de Función Pública así como en www.administracion.gob.es

Recientemente, con la aprobación de una nueva resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, se modifica la anterior de 16 de marzo de 2023, para incorporar dos anexos de información complementaria con el fin de garantizar la eficacia, calidad y alcance de los planes de igualdad de las administraciones públicas y sus protocolos.

Por ello, a partir de ahora, no sólo se han de remitir los mencionados planes y protocolos, sino que estos deben ir junto a los anexos que establece la citada resolución.