El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, una norma que supone un importante avance en la protección de las mujeres, así como de sus hijos e hijas y otras personas cercanas a la que los agresores, en ocasiones usan para causar el mayor daño posible. El texto inicia ahora su tramitación parlamentaria en las Cortes Generales, por lo que todavía no ha entrado en vigor.
Aunque la violencia vicaria es un fenómeno conocido desde hace años por profesionales que trabajan en violencia de género, hasta ahora el ordenamiento jurídico español no contaba con una regulación específica e integral. Por ello, con esta nueva ley se pretende cubrir ese vacío.
¿Qué es la Violencia Vicaria?
La violencia vicaria es una forma de violencia de género en la que el agresor utiliza a terceras personas para infligir el máximo sufrimiento a la mujer. Con frecuencia las víctimas son los hijos e hijas comunes, pero también pueden ser otros familiares o personas con un vínculo afectivo estrecho con la víctima.
La expresión fue acuñada por la psicóloga argentina Sonia Vaccaro y hace referencia a una violencia «por sustitución»: el agresor daña aquello que la mujer más quiere para mantener el control, castigarla o continuar ejerciendo violencia incluso después de la ruptura de la relación.
Su manifestación más extrema es el asesinato de menores por parte del padre, pareja o expareja de la madre, aunque existen muchas otras formas de violencia vicaria, como las amenazas, las lesiones, el secuestro, la manipulación emocional de los hijos y las hijas o la utilización del régimen de visitas para continuar ejerciendo el maltrato.
Una realidad que los datos confirman
Los datos oficiales muestran que no se trata de hechos aislados. Desde que comenzaron los registros oficiales en 2013, 68 menores han sido asesinados en España por sus padres o por las parejas o exparejas de sus madres en contextos de violencia de género, mientras que en 2026 ya se habían registrado tres nuevos asesinatos cuando el Gobierno aprobó el proyecto de ley.
Pero las cifras de asesinatos representan únicamente la parte más visible del problema. Cada año son miles los y las menores que viven situaciones de violencia de género y que, aunque sobreviven, sufren graves consecuencias psicológicas, sociales y emocionales.
La legislación española ya reconoce desde 2015 que los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia de género son también víctimas directas. Sin embargo, la experiencia acumulada por los juzgados, los servicios sociales, las fuerzas y cuerpos de seguridad y las entidades especializadas ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar la protección jurídica frente a esta modalidad específica de violencia.
Novedades del Proyecto de Ley
Tras el debate jurídico mantenido durante la elaboración del texto, el Gobierno ha optado finalmente por no crear un delito autónomo, sino incorporar la violencia vicaria como una circunstancia agravante en el Código Penal cuando el agresor utilice a terceras personas para causar daño a la mujer.
La norma también modifica un total de diez leyes para reforzar la protección de las víctimas desde diferentes ámbitos —penal, civil, procesal y asistencial—. Entre las principales medidas destacan:
- La definición jurídica de la violencia vicaria como modalidad específica de violencia contra las mujeres.
- El refuerzo de la protección de niños, niñas y adolescentes que sufren esta violencia.
- La obligación de escuchar a menores en los procedimientos judiciales que les afecten, atendiendo a su edad y madurez.
- La previsión de la privación de la patria potestad en determinados supuestos de condena firme por delitos graves relacionados con la violencia de género, la violencia vicaria o determinados delitos contra los propios hijos.
- La mejora de la coordinación entre los distintos operadores jurídicos y los servicios especializados.
- La creación de nuevas herramientas estadísticas para conocer mejor la dimensión del fenómeno y mejorar las políticas públicas.
¿Qué papel desempeñan los ayuntamientos?
Los servicios sociales municipales, las unidades de igualdad, las policías locales, los centros educativos, los servicios de infancia y adolescencia y los programas de atención psicológica constituyen, en muchas ocasiones, la primera puerta de entrada para mujeres y menores que sufren esta forma de violencia.
La futura ley refuerza la necesidad de trabajar desde una perspectiva coordinada, donde la detección precoz, la valoración del riesgo y la intervención interdisciplinar resultan fundamentales para evitar consecuencias irreparables.
Más allá de la ley
La violencia vicaria continúa planteando enormes retos para el sistema judicial, la protección de la infancia y la coordinación institucional. Numerosas organizaciones especializadas recuerdan que, además de mejorar el marco legal, resulta imprescindible seguir reforzando la formación de jueces, fiscales, cuerpos policiales, profesionales de los servicios sociales y personal sanitario y educativo para identificar adecuadamente este tipo de violencia y actuar con rapidez.
El verdadero objetivo de la violencia vicaria es prolongar el control sobre la mujer mediante el sufrimiento de quienes más quiere. Comprender esta realidad constituye el primer paso para prevenirla y para construir instituciones capaces de ofrecer una respuesta eficaz y coordinada.
Porque proteger a la infancia es también proteger a las mujeres. Y proteger a las mujeres significa garantizar una sociedad más segura, igualitaria y libre de violencia.
